Colectivo de Vida
Tiene como objeto amparar Colectividades ya sea una empresa, asociación o institución. De este modo si un integrante fallece se pagará el capital asegurado a los beneficiarios designados. El Seguro de Vida podrá ser utilizado para cubrir la responsabilidad patronal en caso de muerte o causa de un accidente laboral.
COBERTURAS:
- Cobertura Básica de Fallecimiento: La compañía se compromete a pagar a los Beneficiarios la Suma Asegurada de esta cobertura, según se indica en el Certificado Individual de Cobertura, en caso que ocurra la muerte del Asegurado durante la vigencia de la póliza, sujeto a las exclusiones y demás condiciones establecidas en la misma.
- Cobertura opcional de Exoneración del Pago de Primas por Incapacidad Total y Permanente
- Cobertura opcional en caso de Muerte y Desmembramiento Accidental
- Cobertura opcional del pago Anticipado del Capital Asegurado en caso de Incapacidad Total y Permanente
- Cobertura opcional de Anticipo de Suma Asegurada Básica en caso de Enfermedad Terminal
- Cobertura Opcional de Gastos Fúnebres
- Cobertura Opcional de Gastos de Repatriación
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